El ministro de la Secretaría General de la Presidencia manifestó su optimismo respecto al futuro del veto presidencial a la Ley de Usurpaciones en el Congreso.
El ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Álvaro Elizalde, abordó el ingreso del veto presidencial a la Ley de Usurpaciones que fue aprobada por el Congreso el pasado 30 de agosto. Cabe recodar que las observaciones del Ejecutivo apuntan a la autotutela o legítima defensa privilegiada, la graduación de las penas y los instrumentos para concretar la restitución de los bienes.
En entrevista con Radio Cooperativa, detalló que «cuando se tramitó el proyecto de usurpaciones dijimos con toda claridad que somos partidarios de una nueva ley que entregue herramientas para garantizar el restablecimiento oportuno, rápido, expedito del imperio del derecho y que proteja las víctimas porque, lamentablemente, la legislación actual no es lo suficientemente ágil».
«Planteamos cambios tales como que las policías puedan actuar en cualquier momento para restituir el inmueble, y también que los tribunales puedan ordenar la restitución en cualquier etapa del juicio sin esperar la intervención, pero señalamos con toda claridad que éramos contrarios a la figura de la autotutela o justicia con mano propia que implicara que consolidada la situación de usurpación un particular pudiera recurrir a la violencia para resolver resolver conflictos políticos», agregó.
En esa línea, el titular de la Segpres sostuvo que «eso va en contra de los principios sobre los cuales se ha creado nuestro sistema penal, y las sociedades que han tolerado formas de autotutela y de justicia con mano propia han terminado con más violencia. En Chile, la fuerza, su monopolio legítimo, está radicado en el Estado, y por tanto, del Ejército y las policías sobre la base de las instrucciones de los tribunales. Así ocurre en el mundo civilizado. Fuimos explícitos desde el primer día de que íbamos a hacer observaciones, de que íbamos a vetar si se aprobaba esa iniciativa».
Eso sí, zanjó que hay que distinguir que «si una persona está en su inmueble y es víctima de la usurpación se puede defender, pero la situación distinta es que pasados uno, tres o cinco años, mucho tiempo, vaya y ejerza directamente la violencia para obtener la restitución del inmueble. Eso es una forma de resolución primitiva de conflictos que genera más violencia y más delitos, más en un país donde existen a veces conflictos sucesorios, superposición de títulos, en fin, las hipótesis son muchas».
«Lo segundo que establecimos en el veto es la graduación de las penas, porque había un marco penal rígido, y creemos que la pena debe ir asociada a las circunstancias en que se cometa el delito. Mientras más grave, tiene que ser más grave la pena», añadió el ministro.
En la misma línea, explicó que «el marco penal rígido implicaba que se aplicaba la misma pena, cualquiera fuera la circunstancia en que se cometa el delito. Creemos que hay que distinguir, y por tanto, respecto de la usurpación violenta se aplica una pena alta. Respecto de la usurpación con fuerza en las cosas, una pena un poco menor pero también alta, y más que con fuerza de las cosas, está regulado como daño en las cosas».
Elizalde explicó el caso de la usurpación no violenta
«Respecto de la usurpación que no es ni violenta -es decir, que no se ejerce la violencia contra las personas- ni genera daño en las cosas, también se establece la pena de presidio. El juez puede eventualmente aplicar multa si existen determinadas circunstancias que hacen menos graves la comisión del delito. Porque no es lo mismo que un grupo armado entre y se tome un predio, a que una persona en situación de calle instale tres tablas y se ponga a vivir en un sitio eriazo», sumó.
Asimismo, Elizalde puntualizó que «lo mismo ocurre con el robo: el hurto tiene una pena más baja porque es no es ni con violencia contra las personas ni con fuerza contra las cosas. El robo con fuerza contra las cosas tiene una pena más alta, y el robo con violencia contra las personas tiene una pena mucho más alta. Porque si uno establece la pena más alta como única alternativa, genera un incentivo para que se cometa el delito de la forma más grave, porque al final la pena va a ser la misma. Por eso nuestro ordenamiento jurídico distingue de acuerdo a la gravedad de las circunstancias en que se comete un delito».
«El proyecto originalmente presentado -porque son dos mociones- no establecía la pena de presidio respecto de la usurpación no violenta. Y siempre dijimos que teníamos una diferencia con el marco penal rígido, y que tenía que haber una graduación de acuerdo a las circunstancias en que se cometa el delito, que el juez tiene que evaluar», mencionó.
Consultado por la posibilidad de que el veto presidencial tenga éxito, el secretario de Estado afirmó creer «que sí. Este tema del autotutela fue rechazado por un número significativo de senadores, también de diputados, que superaron con creces el tercio».
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