Condenan a Héctor Llaitul a 23 años de cárcel por delitos contra la Ley de Seguridad Interior del Estado

Ercilla 17 de noviembre 2018 Se realiza el velatorio del comunero mapuche Camilo Catrillanca Dragomir Yankovic/Aton Chile

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El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco sentenció a 23 años de cárcel a Héctor Llaitul, líder de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), quien fue acusado y condenado por delitos contemplados en la Ley de Seguridad del Estado.

El comunero mapuche está privado de libertad desde agosto de 2022, tiempo que se le abonará a su sentencia final.

Cabe recordar que, el 22 de abril pasado, Llaitul fue condenado por delitos contemplados en la Ley de Seguridad del Estado, hurto simple, usurpación violenta (2) y atentado contra la autoridad. 

Todo ello, según lo demostrado durante el juicio en su contra, ocurrió durante 54 hechos de violencia que fueron parte de la investigación en su contra.

En ese contexto, el juez Jorge González detalló que el vocero de la CAM fue sentenciado a la pena de 15 años de presidio en su grado medio por cometer delitos contemplados en la Ley de Seguridad del Estado de «forma reiterada». 

Además, a 5 años de presidio menor en su grado máximo y al pago de 11 UTM por hurto, 3 años de presidio menor en su grado medio por el delito de atentado contra la autoridad y al pago de 15 UTM por el ilícito de usurpación violenta. 

Para dictar una sentencia condenatotia, la jueza Rocío Pinilla destacó que hubo «abundante prueba de que el acusado aparece cometiendo actos disruptivos», tales como imágenes que lo mostraban con armas de fuego o en zonas donde se registraron ataques incendiarios.  

«Quedó demostrado que el teléfono (de Llaitul) contaba con conversaciones e imágenes que acreditaban su participación en dichos atentados a partir del año 2020», agregó la magistrada.

En consecuencia de lo anterior, Pinilla aseveró que «es posible tener acreditado, más allá de cualquier duda razonable, que efectivamente el imputado incurrió en las conductas largamente detalladas en la acusación formulada en su contra. En consecuencia, se dicta veredicto condenario por autor de los delitos de incitación y apología a la violencia de la Ley de Seguridad del Estado en calidad de reiterado». 

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