La jornada de este martes, el pleno de la Convención Constitucional aprobó en particular el inciso que consagra el derecho al aborto, por lo que será parte de la propuesta de nueva Constitución.
El pleno de la Convención Constitucional aprobó este martes el derecho al aborto, por lo que será parte de la propuesta de nueva Constitución que presentará el organismo en algunos meses.
La propuesta corresponde al inciso 2 del artículo 16 sobre “derechos sexuales y reproductivos”, siendo aprobada por 108 votos a favor, 39 en contra y 6 abstenciones, logrando el quórum necesario de 2/3.
“El Estado garantiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, saluda, y a los servicios prestaciones requeridos para ello, asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad para gestar, las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos”, dice el inciso en cuestión.
Además del inciso 2, también se aprobó el inciso 1 del artículo 16, el cual sostiene que “todas las personas son titulares de derechos sexuales y derechos reproductivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, reproducción, el placer y la anticoncepción”.
Por su parte, fue rechazado el inciso 3, el cual sostiene que el “Estado reconoce y garantiza el derecho de las personas a beneficiarse del avance científico para ejercer de manera libre, autónoma y no discriminatoria, sus derechos sexuales y reproductivos”.
Aunque la norma aprueba el derecho al aborto, igualmente será la ley la que fije cómo se implementará y los límites que tendrá, como por ejemplo hasta qué semana de gestación se podrá interrumpir un embarazo.
Esto se dio en el marco de la discusión y votación sobre el informe de la comisión de derechos fundamentales, donde además se votaron otras normas, como la votación de personas en el extranjero.
Entre lo aprobado, destaca un artículo que garantiza el derecho de las personas residentes en el extranjero, a votar en elecciones de carácter nacional, presidenciales, parlamentarias, plebiscitos y consultas.
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