La instancia aumenta a 15 años cuando la privación de libertad de la víctima dure más de 48 horas.
La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó la Ley «antisecuestro» y el aumento de penas por el porte de armas en lugares concurridos.
Durante la mañana de este martes, se realizó una sesión especial en la Cámara Baja tras la suspensión de la semana distrital con el fin de discutir proyectos de ley en materia de seguridad, a raíz del asesinato de la suboficial mayor Rita Olivares.
En ese contexto, las y los parlamentarios acogieron por unanimidad la ley que modifica el Código Penal, agravando la pena por el delito de secuestro de 5 años y un día a 15 años cuando la privación de libertad de la víctima dure más de 48 horas.
Asimismo, aprobaron el proyecto que modifica la ley sobre el control de armas, realizando una diferencia entre los delitos de tenencia de armas ilegales o no autorizadas y el porte en lugares altamente concurridos.
De esta forma, la condena por porte de armas de fuego y sus componentes aumentaría de tres años y un día a cinco años a una pena mínima de cuatro años y un día.
En tanto, para quienes porten armas de fuego adulteradas en lugares concurridos la condena podría ser de cinco años y un día a diez años.
En las próximas horas, los diputados y diputadas deberán votar acerca de la ley que busca reforzar las competencias de Gendarmería, el proyecto sobre la denominada ley «antisicariato» y finalmente discutirán la medida que busca aumentar las facultades de control policial en el marco de la ley de migración.
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