ISAPRES: CORTE SUPREMA DECLARA NO TENER COMPETENCIA EN PROYECTO ‘ALTERNATIVO’ Y ESPERA QUE EL “FALLO SE CUMPLA”

La vocera del máximo tribunal, Ángela Vivanco, explicó que el proyecto de Ley Corta presentado por el Gobierno, sí hace mención a las facultades de los tribunales de Justicia.

La jornada de este lunes, la Corte Suprema se refirió a la crisis de las Isapres y a los proyectos presentados, tanto por el Gobierno como la oposición, para dar cumplimiento al fallo de la restitución de los US$1.400 millones por cobros excesivos por parte de las Isapres. 

La ministra vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, señaló que “el pleno de la Corte Suprema ha revisado los proyectos que se han solicitado (…), uno de ellos, el proyecto de Ley Corta de Isapres, y el otro, la propuesta de Reforma Constitucional, que se ha hecho por cinco senadores”. 

Agregó que tras las “consultas generales que hacen los senadores en distintas entidades, en consecuencia revisado el texto de la consulta como del proyecto, se ha concluido que se trata de una consulta en una materia que no cabe dentro de las competencias del Poder Judicial“.

Explicó en detalle que “el proyecto no contiene ni atribuciones, ni referencias a las competencias del Poder Judicial, sino que se refiere a otros aspectos. No se hace mención en la solicitud del artículo 77 de la constitución política, que es la que habilita la Corte Suprema para pronunciarse y tampoco contiene disposiciones que refieran ese artículo 77 que hubieran justificado informar”.

“Hemos decidido omitir un pronunciamiento dado que no tenemos competencias para pronunciarnos respecto de él” aclaró. 

En segundo lugar, respecto del proyecto de Ley Corta de Isapres, mencionó que “es un proyecto amplio que tiene referencias al fallo de las Isapres y otras materias (…) sobre lo particular, esta consulta ha llegado formalmente  en virtud del artículo 77. En consecuencia, la corte suprema ha decidido solamente informar lo relativo al artículo noveno del proyecto, que alude a las competencias del Poder Judicial y a las atribuciones que se les da a los Tribunales de Justicia”. 

Al ser consultada por el fallo de la restitución de los US$1.400 millones por cobros excesivos por parte de las Isapres.”el fallo es previo a cualquier proyecto, se dictó hace seis meses (…) tiene su forma de cumplimiento, se ha dado una prórroga, existe la mejor disposición de la Corte en aclarar y precisar lo que sea necesario. Esperamos que el fallo se cumpla”. 

Fallo Corte Suprema

Cabe señalar que, en el marco del ingreso de la ley corta de Isapres, la Superintendencia de Salud informó los montos a restituir por parte de las aseguradoras tras el fallo de la Corte Suprema. Lo anterior, generó diversos debates e incluso la presentación de un proyecto alternativo, iniciativa de la senadora, Ximena Rincón.

Por su parte, la ministra vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, sostuvo en ese momento que “cuando dictamos un fallo, no especificamos cuál es la forma exacta en que la autoridad tiene que cumplirlo; para cumplirlo, la autoridad tiene que analizar sus propias atribuciones y determinar cuál es la manera en que va a cumplir. A veces, el cumplimiento de un fallo judicial genera la iniciativa de legislar en esa materia; y compete directamente a los legisladores analizar qué tan necesaria y pertinente es esa ley”.

De esta forma, indicó que “las Cortes de Apelaciones, según el mérito y según eventuales presentaciones que hagan los interesados, tendrán que determinar, en definitiva, si éste es el modo en que se está cumpliendo el fallo”.

En tanto, Gonzalo Simón, presidente de la Asociación de Isapres, dijo que “si se aprueba hoy la Ley Corta, en septiembre está cerrado el sistema de Isapres”. Mientras que el Presidente Boric llamó a cumplir el fallo de la Corte Suprema, luego de un proyecto alternativo presentado por senadores de oposición.

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