Por amplia mayoría la Cámara respaldó la iniciativa que, entre otros puntos, establece exigencias para la instalación de elementos publicitarios, con el fin de evitar distracciones al conducir y preservar el paisaje.

Por 142 votos a favor y 2 abstenciones, la sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el informe de la Comisión Mixta relativo al proyecto de ley sobre publicidad visible desde caminos, vías o espacios públicos (boletines refundidos 9686 y 10209).

De esta forma se respaldó el documento elaborado por la instancia conformada para resolver las divergencias surgidas durante la tramitación entre ambas ramas del Congreso.

Así, el texto fruto de dos mociones parlamentarias, quedó en condiciones de ser promulgado como ley de la República.

Los puntos concordados por la Comisión Mixta se refieren a la regulación de la distancia y prohibición en la instalación de publicidad. A ellos se suman las competencias de las direcciones de tránsito municipales y las facultades de los municipios, entre otros.

Participaron en el debate los diputados Jaime Mulet (FRVS); Sergio Bobadilla (UDI); y Francisco Pulgar (IND).

Objetivo de la norma

El proyecto busca establecer requisitos, limitaciones, prohibiciones y sanciones, con el propósito de regular la instalación de elementos publicitarios destinados a captar la atención de quienes transitan por un camino público o vía urbana, o de quienes concurren a un espacio público.

La norma hace referencia a la publicidad emplazada en bienes públicos o privados, a fin de velar por la seguridad vial y de minimizar el impacto que dichos elementos generan en su entorno.

El texto dispone que las instalaciones de elementos publicitarios que puedan ser vistos desde caminos públicos, rurales o urbanos; vías públicas urbanas; otros espacios públicos urbanos, tales como plazas y parques; o desde el interior de unidades habitacionales, bien sea de forma directa o indirecta, deberán contar con las autorizaciones y permisos que les sean exigibles.

En esa línea se hace expresa referencia a los requisitos y prohibiciones que para cada caso se establecen, así como las normas reglamentarias que al efecto se dicten.

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