SENADO TRAMITARÁ PROYECTO QUE PERMITE A FUNCIONARIOS DE LA SALUD RECIBIR BONOS AL SUSPENDER PROCESOS DE EVALUACIÓN

La Sala ratificó el criterio de la Comisión Mixta que determinó que la norma es admisible porque no afecta el presupuesto asignado a tal efecto.

Directo a la Comisión de Salud se dirige el proyecto que da por cumplidas las metas de los funcionarios de la salud para efecto del pago de asignaciones y bonos, en el contexto de la pandemia. Esto luego que la Sala declarara admisible la norma que fue discutida al interior de una Comisión Mixta.

La propuesta corresponde a una moción de autoría de diputados que fue aprobada en la Cámara Baja. Al llegar al Senado, la Secretaría la declaró inadmisible por tratarse de una norma que tiene efectos presupuestarios, por lo que se trataría de una iniciativa exclusiva del Ejecutivo, de allí que se decidiera conformarse una instancia mixta.

A principios de noviembre la citada Comisión -conformada por senadores y diputados- revisó esta divergencia, concluyendo que el proyecto es admisible solo con el voto en contra de la senadora Luz Ebensperger. Esta decisión fue replicada en la sesión ordinaria del 2 de marzo, por lo que la Sala envió a la Comisión de Salud la propuesta para ser analizada.

Respecto al tema en sí, las dudas se centraron en despejar si el pago de las bonificaciones y asignaciones significaba fondos no contemplados en el presupuesto habitual. Así la admisibilidad pasó por determinar si se alteraban o no las bases de cálculo de las remuneraciones.

Así se concluyó que “las remuneraciones de los trabajadores del sector público contemplan el pago del sueldo base más los bonos, gratificación e incrementos por cumplimiento de metas de gestión. Además los presupuestos año a año fijan el monto de esos pagos”.

 La iniciativa consta de un artículo único que señala que “debido a la declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, con ocasión de epidemia o pandemia producido por el virus SARS-CoV-2, de conformidad a las disposiciones del Código Sanitario y demás normas sanitarias aplicables, se suspende por el año 2021, o mientras dure la alerta sanitaria producto del mencionado virus, todos los procesos de formulación y evaluación, asociados al pago de asignaciones y bonificaciones de funcionarios del Sistema Nacional de Servicios de Salud, atención primaria municipal, establecimientos experimentales, subsecretarías del Ministerio de Salud, Instituto de Salud Pública, Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, Fondo Nacional de Salud y Superintendencia de Salud, las cuales se entenderán cumplidas en un 100 por ciento para efectos del pago y no afectarán las bonificaciones de las trabajadoras y trabajadores de las instituciones mencionadas en este artículo, no aplicando el pago diferenciado por tramo, siendo ordenados todos los establecimientos en el tramo máximo.

Del mismo modo, se suspenderán todos los procesos de formulación y evaluación asociados al pago de asignaciones y bonificaciones, y se entenderán cumplidas en un 100 por ciento para efectos del pago y no afectarán las bonificaciones de las trabajadoras y trabajadores de las instituciones mencionadas en el inciso anterior, en el caso que se produzcan hechos fortuitos o imprevistos derivados de catástrofes, daños graves en la infraestructura, tanto de los Servicios de Salud como de los establecimientos de salud municipal, o actos de violencia o acciones terroristas que impidan o alteren gravemente la capacidad para atender usuarios, según decreto fundado de la autoridad sanitaria, en caso de alerta sanitaria”.

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